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lunes, 16 de julio de 2007

Microsoft Vs Apple


Ya hemos visto anteriormente como es que fue la relacion Microsoft Apple y todo lo que sucedio y por si no lo recuerdan o lo queiren volver a ver busquen en este sitio la pelicula de los piratas de Sillicon Valley para que se den una idea.

Ahora lo que sucede es que al pareces a Microsoft ya no le importa robarse ideas descarademente y si no me creen chequen esta imagen, la original es de Universal de applo y ahora windows saca algo muy similar por no decir identico

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lunes, 25 de junio de 2007

La creatividad


Seguramente los encargados de diseñar este logo se quebraron la cabeza y habran pasado horas y horas para ver como modificar al pobre zorro de Firefox para despues venderselo al dueño de una tienda de decoraciones. De verdad que hay gente que se pasa de creativa, veremos si alguien le da seguimiento a esta imagen y ver si la remueven mietnras tanto disfruten del zorro que ahora se a vuelto pintor y con una brocha en la cola.

lunes, 4 de junio de 2007

Los mp3 y tus derechos

Bueno ya es bien sabido todas estas campañas terroristas por parte de la amprofon y sus secuaces donde prometen con multarte e incluso meterte a la carcel y tratarte peor que a un narcotraficante si bajas mp3 ya que según ellos esto es peor que lo que pueda pasar en la Republica Méxicana, a tal grado que incluso ya me a tocado ver el los cyber cafés letreros que prohiben la descargas de mp3 de puntos p2p, entiendase pos p2p el emule, torrents, kazaa etc etc.
Y como siempre las autoridades y la gente con poder quiere sacar provecho de cosas que desconocemos pero gracias a muchos blogs se pueden desmentir bastantes cosas que estos organizmos te quieren meter y todo es tan simple como conocer la ley y hacer valer nuestros derechos asi que aqui les dejo esto que basicamente dice que si yo bajo mp3 y no lo hago con el fin de ganarme una lana, simplemente lo hago x que me gusta y laquiero para mi no hay bronca no estoy faltando a la ley incluso si yo la comparto con un amigo y no le cobro tampoco estoy cayendo en algun delito, asi que ya saben, no hay que dejarse y hacer valer nuestros derechos

Artículo 151No constituyen violaciones a los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, productores de fonogramas, devideogramas u organismos de radiodifusión la utilización de sus actuaciones, fonogramas, videogramas o emisiones,cuando:


I. No se persiga un beneficio económico directo;

II. Se trate de breves fragmentos utilizados en informaciones sobre sucesos de actualidad;

III. Sea con fines de enseñanza o investigación científica,

IV. Se trate de los casos previstos en los artículos 147, 148 y 149 de la presente Ley.


Por otro lado, el articulo 148 nos permite poder reproducir una sola vez una obra. O en caso de tener un archivo o biblioteca, tambien puedo reproducirla con fines de preservacion de una obra que ya no la encuentras facilmente.
Artículo 148Las obras literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se afecte la explotación normal de laobra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sinalterar la obra, sólo en los siguientes casos:


I. Cita de textos, siempre que la cantidad tomada no pueda considerarse como una reproducción simulada y sustancialdel contenido de la obra;

II. Reproducción de artículos, fotografías, ilustraciones y comentarios referentes a acontecimientos de actualidad,publicados por la prensa o difundidos por la radio o la televisión, o cualquier otro medio de difusión, si esto no hubieresido expresamente prohibido por el titular del derecho;

III. Reproducción de partes de la obra, para la crítica e investigación científica, literaria o artística;

IV. Reproducción por una sola vez, y en un sólo ejemplar, de una obra literaria o artística, para uso personal y privadode quien la hace y sin fines de lucro.Las personas morales no podrán valerse de lo dispuesto en esta fracción salvo que se trate de una institución educativa,de investigación, o que no esté dedicada a actividades mercantiles;

V. Reproducción de una sola copia, por parte de un archivo o biblioteca, por razones de seguridad y preservación, y quese encuentre agotada, descatalogada y en peligro de desaparecer;

VI. Reproducción para constancia en un procedimiento judicial o administrativo,

VII. Reproducción, comunicación y distribución por medio de dibujos, pinturas, fotografías y procedimientosaudiovisuales de las obras que sean visibles desde lugares públicos.

Lo vi en